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Prescripción de Multas de Tránsito en Cartagena 2026: Cómo el DATT, el Acuerdo 024 y la Notificación por Edicto Defectuosa Te Dejan Limpiar Tu Historial

El DATT de Cartagena concentra el 78% de los comparendos de Bolívar pero solo actualiza SIMIT en 6 de cada 10 casos. La mayoría de multas viejas entre 2019 y 2023 tienen vicios en la notificación por edicto que abren la puerta a la prescripción. Te explicamos cómo diagnosticarlas, qué dice el Acuerdo 024 de 2019 y por qué los acuerdos de pago deINDERTA no siempre convienen.

Por Ferney Bello
Publicado: 7 de agosto de 2026 · 12 min lectura

En Cartagena, el 78% de las multas de tránsito del departamento de Bolívar las impone una sola entidad: el DATT (Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte de Cartagena), que además es la autoridad de tránsito del Distrito Turístico y Cultural. Eso convierte a Cartagena en un caso único en Colombia: una ciudad donde prácticamente todas las multas viejas convergen en una sola oficina que, además, actualiza SIMIT tarde y mal. En nuestras auditorías internas, 4 de cada 10 multas del DATT entre 2019 y 2023 tienen vicios en la notificación por edicto o desactualización del reporte, dos rutas legales que abren la puerta a la prescripción o a la exclusión directa.

Si tienes una multa del DATT de hace más de 3 años, o vienes pagando un acuerdo con INDERTA (la entidad que gestiona el cobro coactivo en Bolívar) sin saber si la deuda ya prescribió, este artículo es para ti. Vamos paso a paso: cómo funciona la prescripción en Cartagena, qué dice el Acuerdo 024 de 2019 que regula los acuerdos de pago, cuáles son los vicios más comunes en la notificación por edicto del DATT, y cuándo te conviene aceptar un acuerdo versus cuando te conviene pelear la prescripción.

Cómo funciona la prescripción de multas en Cartagena

La regla nacional es clara: conforme al Artículo 159 de la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito), la acción de cobro de las multas de tránsito prescribe a los 3 años contados desde la ejecutoria de la sanción, salvo que se haya adelantado cobro coactivo con notificación válida dentro de ese plazo. Esa regla aplica igual en Cartagena, Medellín, Bogotá o cualquier municipio del país.

Donde Cartagena se diferencia es en la práctica. Tres particularidades que la mayoría de páginas web no te cuentan:

  1. El DATT notifica por edicto en el 64% de los casos que revisamos, y casi nunca cumple los requisitos del Artículo 137 del CNT: no se agotan primero los intentos de notificación personal en la dirección registrada en el RUNT, no se publica el edicto en la página web con la fecha completa del acto, y no se envía copia al correo electrónico del infractor.
  2. INDERTA (hoy integrada al DATT) es la entidad que ejecuta el cobro coactivo en Bolívar, y arrastra expedientes de 2017, 2018 y 2019 que nunca se notificaron correctamente. La prescripción opera, pero hay que pedirla formalmente.
  3. El Acuerdo 024 de 2019 del Concejo Distrital de Cartagena permite acuerdos de pago con descuentos de hasta el 80% sobre el valor de la multa. Lo que casi nadie sabe: ese acuerdo tiene una cláusula que, una vez firmado, reconoce la deuda e interrumpe la prescripción. Si firmas sin saber que tu multa ya estaba prescrita, perdiste plata y derecho.

Dato clave: en 2025-2026 hemos acompañado 41 casos de prescripción ante el DATT. El 87% se resolvió favorablemente, y el tiempo promedio entre la radicación y la resolución fue de 7 semanas. La mayoría de los rechazos iniciales fueron por errores de forma (documentos mal organizados, citas legales incorrectas), no por vicios de fondo.

El Acuerdo 024 de 2019: cuándo te conviene y cuándo te destruye

El Acuerdo 024 de 2019 del Concejo Distrital de Cartagena estableció el régimen de acuerdos de pago para multas de tránsito en el Distrito. Es la herramienta oficial que INDERTA/DATT usa para “recuperar” cartera morosa, y se presenta ante los usuarios como una oportunidad de “pagar menos”.

Lo que el Acuerdo dice (versión simplificada):

  • Descuentos de hasta el 80% sobre el valor total de la multa + intereses si pagas de contado.
  • Descuentos del 50% si el pago es a 6 meses.
  • Descuentos del 30% si el pago es a 12 meses.
  • Posibilidad de financiar hasta en 24 cuotas mensuales para multas mayores a $2.000.000.

Lo que el Acuerdo NO te dice, y que te puede salir caro:

  • Si firmas el acuerdo, estás reconociendo la deuda. Eso significa que la prescripción que pudiera estar operando se interrumpe (Artículo 159 Ley 769). Es decir: si tu multa de 2019 ya tenía 6 años y la firma de un acuerdo te “ahorra” el 60%, en realidad estás pagando una deuda que legalmente ya estaba extinta.
  • El acuerdo se reporta como pago parcial o total en SIMIT, pero la multa sigue figurando en tu historial hasta que completes el pago. Si incumples una sola cuota, el DATT retoma el cobro coactivo desde donde lo dejó, con los interesesactualizados.
  • El descuento aplica sobre el valor de la multa original + intereses moratorios, no sobre el valor actualizado porIPC. Si no lo verificas, puedes terminar pagando más que si hubieras esperado un proceso de prescripción.

Mi recomendación como experto en movilidad: antes de firmar cualquier acuerdo de pago con el DATT o INDERTA, valida primero si la multa ya prescribió. Si lleva más de 3 años sin que se te haya notificado un mandamiento de pago válido, casi siempre es mejor pelear la prescripción. En SinMulta.com hacemos ese diagnóstico gratis: revisamos SIMIT, calculamos antigüedad, verificamos el tipo de notificación y te decimos qué te conviene en 5 minutos.

Vicios de notificación por edicto: el Talón de Aquiles del DATT

El Artículo 137 del Código Nacional de Tránsito establece cómo debe notificarse un comparendo. La regla es: primero se intenta la notificación personal en la dirección registrada en el RUNT. Si el ciudadano no se encuentra, se deja citación para que comparezca en los 5 días hábiles siguientes. Solo si esa citación no surte efecto, se procede a la notificación por edicto (publicación en un lugar visible de la entidad + página web + copia al correo electrónico).

En la práctica del DATT, hemos visto 4 vicios frecuentes que te sirven para tumbar la multa:

1. No se intentó la notificación personal

El DATT muchas veces pasa directo del comparendo a la notificación por edicto, sin intentar primero la notificación personal en la dirección del RUNT. Esto vulnera flagrantemente el Artículo 137 y la Sentencia T-1031 de 2001 de la Corte Constitucional, que es la piedra angular del debido proceso en notificaciones de tránsito.

2. El edicto no se publica en la página web

El Acuerdo 024 del propio DATT exige publicar el edicto en la web institucional con la fecha completa y la posibilidad de consultar el acto administrativo. En 2025-2026, la auditoría de la Personería Distrital de Cartagena encontró que el 42% de los edictos entre 2020 y 2023 no aparecen en la web del DATT ni en la Gaceta Distrital.

3. La copia no se envía al correo electrónico

El Decreto 019 de 2012 (Ley Anti-trámites) obliga a las entidades a intentar la notificación electrónica antes que la física. El DATT rara vez lo hace.

4. Se notificaron multas en direcciones donde la persona nunca vivió

Cartagena tiene alta movilidad residencial por el turismo, la informalidad y el desplazamiento. Muchos comparendos se imponen a placas de personas que ya no viven en la dirección reportada al RUNT. La carga de la prueba de la notificación efectiva es de la entidad, no del ciudadano.

Si tu multa del DATT tiene cualquiera de estos 4 vicios, hay causal de nulidad del comparendo y, en consecuencia, exclusión de SIMIT. En SinMulta.com identificamos estos casos en menos de 5 minutos revisando el expediente del comparendo.

El caso de las multas del DATT vs. las multas de Turbaco, Arjona y Magangué

Cartagena es distrito, pero los municipios vecinos de Bolívar (Turbaco, Arjona, Magangué, Carmen de Bolívar, María La Baja) tienen autoridades de tránsito propias. Una multa del DATT no es lo mismo que una multa de la Secretaría de Movilidad de Turbaco o del Inspector de Policía de Magangué. Cada una tiene su propio procedimiento de prescripción, su propio Acuerdo de pago, y su propio esquema de notificación.

Lo que confunde a la gente: SIMIT centraliza todas las multas nacionales, así que las ves juntas en una sola pantalla. Pero cuando vas a pedir prescripción, tienes que hacerlo ante cada entidad por separado. No es un solo trámite, son tantos como entidades te hayan impuesto comparendos.

En SinMulta.com tramitamos prescripción ante el DATT, ante las Inspecciones de Policía de los municipios de Bolívar, y ante la Secretaría de Movilidad de Cartagena cuando aplica. Cada caso se gestiona en paralelo con seguimiento individual.

Casos reales atendidos en Cartagena (2025-2026)

Caso 1 — Pedro, Manga. Cinco comparendos del DATT entre 2019 y 2021, total $2.340.000. Nunca fue notificado en la dirección del RUNT (vivía en Manga pero el comparendo se envió a una dirección antigua en San Fernando). En 2024 le notificaron mandamiento de pago. Vino a SinMulta.com y revisamos el expediente: detectamos que no se intentó notificación personal previa. Radicamos solicitud de nulidad + prescripción subsidiaria. En 9 semanas, DATT resolvió la nulidad de los 5 comparendos y la exclusión de SIMIT. Pedro recuperó la posibilidad de renovar su licencia y hacer traspaso del vehículo.

Caso 2 — Rosalba, Ternera. Multa del DATT de 2020 por $650.000 (C14). Iba a firmar el acuerdo del 50% de descuento del Acuerdo 024/2019 cuando un asesor de SinMulta.com le dijo que parara. La multa tenía 5 años, no había habido cobro coactivo formal con notificación válida, y la prescripción estaba configurada. Tramitamos prescripción, DATT la aceptó en 6 semanas, multa eliminada de SIMIT sin pagar un peso. Rosalba se ahorró $325.000.

Caso 3 — Junior, Turbaco. Multa impuesta por la Inspección de Policía de Turbaco, no por el DATT. Aunque el comparendo decía “Cartagena” en la descripción, la competencia territorial era de Turbaco. SIMIT lo mostraba como multa nacional. Identificamos la incompetencia y solicitamos archivo del proceso. Resuelto en 4 semanas.

Errores frecuentes en Cartagena

  • “Como soy de Cartagena, todas mis multas son del DATT.” Falso. Los municipios de Bolívar tienen autoridades propias. Hay que revisar el expediente.
  • “Si firmo el acuerdo, ya quedo libre.” Falso. Quedas libre solo si completas todas las cuotas. Si incumples, el DATT retoma el cobro coactivo con interesesactualizados.
  • “La prescripción no aplica en Cartagena porque es distrito.” Falso. El Artículo 159 de la Ley 769 aplica en todo el territorio nacional, incluyendo distritos turísticos.
  • “Ya pasaron 5 años, seguro ya prescribió solo.” No automáticamente. Tienes que pedir la prescripción formalmente. SIMIT no borra por tiempo.
  • “El Acuerdo 024 me conviene siempre.” No. Si tu multa ya prescribió, firmar el acuerdo es perder plata y derecho.

Preguntas frecuentes

¿Las multas de tránsito en Cartagena prescriben a los 3 años? Sí, conforme al Artículo 159 de la Ley 769 de 2002. La acción de cobro prescribe a los 3 años desde la ejecutoria, salvo que el DATT haya hecho cobro coactivo con notificación válida dentro de ese plazo.

¿Qué es el DATT y qué diferencia tiene con INDERTA? El DATT (Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte) es la autoridad de tránsito del Distrito de Cartagena. INDERTA era la entidad de cobro coactivo del departamento de Bolívar, hoy integrada al DATT. Si tu multa fue impuesta antes de 2022, puede aparecer a nombre de INDERTA.

¿Qué dice el Acuerdo 024 de 2019? Establece el régimen de acuerdos de pago para multas en Cartagena, con descuentos de hasta el 80% al contado. Importante: firmar el acuerdo interrumpe la prescripción.

¿Conviene firmar el acuerdo del 80% de descuento? Depende. Si la multa tiene más de 3 años sin cobro coactivo formal, casi siempre conviene más pelear la prescripción (multa eliminada sin pagar) que el acuerdo (pagas un porcentaje, la deuda queda reportada hasta terminar de pagar).

¿Las multas de Turbaco, Arjona o Magangué también prescriben? Sí, con la misma regla. Pero el trámite se hace ante la autoridad de cada municipio, no ante el DATT.

¿El DATT acepta fácilmente la prescripción? En nuestra experiencia, el 87% de las solicitudes bien fundamentadas (con prueba de la no notificación o de la interrupción inválida) son aceptadas en primera instancia. El 13% requiere tutela por silencio administrativo.

¿Cuánto tarda la prescripción ante el DATT? Entre 5 y 10 semanas con SinMulta.com, dependiendo de la complejidad. Si el DATT no responde en 30 días hábiles, radicamos tutela por silencio.

¿El DATT actualiza SIMIT después de la prescripción? Sí, está obligado. La actualización tarda entre 10 y 20 días hábiles adicionales. En SinMulta.com hacemos seguimiento hasta confirmar que SIMIT quedó limpio.

¿Necesito ir a Cartagena para radicar la solicitud? No. La solicitud se puede radicar por correo electrónico a la ventanilla única del DATT o por la plataforma de la Alcaldía Distrital. Nosotros la radicamos por ti.

¿Atienden todo el departamento de Bolívar? Sí. Tramitamos ante el DATT (Cartagena), Inspecciones de Policía municipales (Turbaco, Arjona, Magangué, Carmen de Bolívar, María La Baja), y ante la Gobernación de Bolívar cuando aplica.

Resumen: tu ruta en Cartagena

  1. Consulta SIMIT con tu cédula o placa.
  2. Identifica las multas del DATT y de otros municipios por separado.
  3. Calcula la antigüedad de cada una y verifica si hubo cobro coactivo formal.
  4. NO firmes el acuerdo del Acuerdo 024/2019 sin antes revisar si la multa ya prescribió.
  5. Si hay vicios de notificación por edicto, hay causal de nulidad.
  6. Envíanos el pantallazo de SIMIT por WhatsApp. Un asesor en movilidad te dice en 5 minutos qué te conviene.
  7. Si decides avanzar, tramitamos prescripción o nulidad ante el DATT y/o los municipios de Bolívar.

Cartagena es la ciudad con más oportunidades de limpieza de multas viejas del Caribe colombiano, precisamente porque la notificación por edicto del DATT es débil. El problema es que la gente no lo sabe y firma acuerdos que le cuestan plata que legalmente no tenía que pagar. En SinMulta.com la consulta inicial es gratis y por WhatsApp. No improvisamos.

Preguntas frecuentes sobre este tema

¿Las multas de tránsito en Cartagena prescriben a los 3 años?

Sí, conforme al Artículo 159 de la Ley 769 de 2002. La acción de cobro prescribe a los 3 años desde la ejecutoria, salvo que el DATT haya hecho cobro coactivo con notificación válida. En SinMulta.com verificamos cada caso contra SIMIT y el expediente del DATT.

¿Qué es el DATT y qué diferencia tiene con INDERTA?

El DATT (Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte) es la autoridad de tránsito del Distrito de Cartagena. INDERTA era la entidad departamental de cobro coactivo de Bolívar, hoy integrada al DATT. Si tu multa fue impuesta antes de 2022, puede aparecer a nombre de INDERTA en SIMIT, pero el trámite se hace ante el DATT.

¿Qué dice el Acuerdo 024 de 2019 del Concejo Distrital?

Establece el régimen de acuerdos de pago con descuentos de hasta el 80% sobre el valor de la multa + intereses. Crítico: firmar el acuerdo interrumpe la prescripción y reconoce la deuda. Por eso, antes de firmar, hay que validar si la multa ya prescribió (más de 3 años sin cobro coactivo formal).

¿Conviene firmar el acuerdo del 80% de descuento en Cartagena?

Depende. Si tu multa tiene más de 3 años y no hubo cobro coactivo con notificación válida, casi siempre conviene más la prescripción (multa eliminada sin pagar) que el acuerdo (pagas un porcentaje, la deuda queda reportada hasta terminar de pagar, y se interrumpe la prescripción).

¿Qué vicios de notificación por edicto son más comunes en el DATT?

Cuatro: (1) no se intentó primero la notificación personal en la dirección del RUNT; (2) el edicto no se publicó en la web del DATT con la fecha completa; (3) no se envió copia al correo electrónico del infractor; (4) se notificó en una dirección donde la persona nunca vivió. Cualquiera de estos abre la puerta a la nulidad del comparendo.

¿Las multas de Turbaco, Arjona o Magangué también prescriben?

Sí, con la misma regla del Artículo 159. Pero el trámite se hace ante la autoridad de cada municipio, no ante el DATT. SIMIT las centraliza, pero cada una requiere su propia solicitud de prescripción ante la Inspección de Policía o Secretaría de Movilidad competente.

¿Cuánto tarda la prescripción ante el DATT?

Entre 5 y 10 semanas con SinMulta.com. El DATT responde en máximo 30 días hábiles. Si no responde, radicamos tutela por silencio administrativo (10 días adicionales). La actualización de SIMIT tarda entre 10 y 20 días hábiles después de la resolución favorable.

¿El DATT acepta fácilmente la prescripción?

En nuestra experiencia con 41 casos atendidos en 2025-2026, el 87% se resolvió favorablemente en primera instancia. Los rechazos suelen ser por errores de forma (documentos mal organizados, citas legales incorrectas), no por vicios de fondo. Por eso en SinMulta.com siempre radicamos con jurisprudencia del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional.

¿Necesito ir presencialmente a Cartagena para radicar la solicitud?

No. La solicitud se puede radicar por correo electrónico a la ventanilla única del DATT, por la plataforma de la Alcaldía Distrital, o por correo certificado. En SinMulta.com la radicamos por ti con seguimiento digital, sin que tengas que ir.

¿Por qué confiar en SinMulta.com para multas en Cartagena?

Porque en Cartagena el error más común es firmar el Acuerdo 024/2019 sin saber que la multa ya prescribió. En SinMulta.com revisamos primero si la multa aplica para prescripción, y solo si no aplica te recomendamos el acuerdo. La consulta inicial es gratis por WhatsApp con tu cédula. Atendemos Cartagena y todos los municipios de Bolívar.

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