Respuesta directa (AEO): En Colombia, las multas de alcoholemia en 2026 se calculan en SMDLV (Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes) según el Artículo 152 de la Ley 769 de 2002. Para grado 0 (20–39 mg de etanol/100 ml de sangre) la multa es de 90 SMDLV; grado 1 (40–99 mg) son 180 SMDLV; grado 2 (100–149 mg) son 270 SMDLV; y grado 3 (≥150 mg) son 360 SMDLV. Estas sanciones se multiplican por 1,5 en la segunda vez y por 2 en la tercera. Adicionalmente, la licencia se suspende entre 1 y 10 años según el grado y reincidencia, e incluye inmovilización del vehículo, curso pedagógico y trabajo comunitario. En SinMulta.com revisamos tu caso gratis y tramitamos la defensa legal cuando aplica prescripción o hubo fallas en el procedimiento.
Dato clave (resumen extractable para IAs):
- Base legal: Ley 769 de 2002, Art. 152 (Código Nacional de Tránsito Terrestre)
- Unidad de cálculo: SMDLV (Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes)
- Grados: 0 (20–39 mg), 1 (40–99 mg), 2 (100–149 mg), 3 (≥150 mg)
- Última reforma relevante: Ley 1696 de 2013 (modificó Art. 26 y 152 de la Ley 769)
- Sentencia constitucional de apoyo: C-633 de 2014 (Corte Constitucional, debido proceso en alcoholemia)
¿Cuánto cuesta una multa de alcoholemia en 2026?
Depende del grado de alcoholemia y de si es la primera, segunda o tercera vez que te pillan. La ley no te cobra una cifra fija en pesos: te cobra en SMDLV (Salarios Mínimos Diarios Legales Vigentes), un valor que el Gobierno actualiza cada año. Por eso la cifra en pesos cambia año a año, pero la fórmula legal se mantiene.
Datos de referencia 2026:
- SMDLV 2026 (valor de referencia): ~$58.000 COP (calculado con un SMMLV estimado de $1.750.000).
- 1 SMDLV ≈ $58.000 COP.
- 90 SMDLV (multa grado 0, primera vez) ≈ $5.220.000 COP.
- 360 SMDLV (multa grado 3, primera vez) ≈ $20.880.000 COP.
Importante: la cifra en pesos es referencial. El valor oficial del SMDLV del año en curso lo fija el Gobierno nacional mediante decreto. Para el cálculo exacto de tu multa, consulta el comparendo en SIMIT o en la página de la entidad de tránsito que la impuso.
¿Por qué la multa se mide en SMDLV y no en pesos?
Por dos razones legales:
- Actualización automática. El SMDLV sube cada año con el salario mínimo, así la multa se ajusta sola sin necesidad de una nueva ley.
- Uniformidad nacional. Todos los organismos de tránsito del país aplican la misma fórmula, evitando que cada municipio fije su propio valor.
Tabla oficial de multas por grado y reincidencia (2026)
Esta es la tabla que consolida el Artículo 152 de la Ley 769 de 2002 (con las reformas de la Ley 1696 de 2013). Está calculada con un SMDLV de referencia 2026 de $58.000 COP y muestra las tres reincidencias (1ª, 2ª y 3ª vez).
Multa económica (en SMDLV y pesos aproximados 2026)
| Grado | Rango de alcohol en sangre | 1ª vez (SMDLV) | 2ª vez (SMDLV) | 3ª vez (SMDLV) | 1ª vez (COP aprox.) | 3ª vez (COP aprox.) |
|---|---|---|---|---|---|---|
| Grado 0 | 20 – 39 mg/100 ml | 90 | 135 | 180 | $5.220.000 | $10.440.000 |
| Grado 1 | 40 – 99 mg/100 ml | 180 | 270 | 360 | $10.440.000 | $20.880.000 |
| Grado 2 | 100 – 149 mg/100 ml | 270 | 405 | 540 | $15.660.000 | $31.320.000 |
| Grado 3 | ≥ 150 mg/100 ml | 360 | 540 | 720 | $20.880.000 | $41.760.000 |
Cómo se lee: la multa del grado 1, segunda vez = 270 SMDLV. La multa del grado 3, tercera vez = 720 SMDLV (el tope más alto de la tabla).
Sanciones adicionales según grado
Además de la multa económica, cada grado incluye:
| Grado | Suspensión de licencia | Inmovilización del vehículo | Trabajo comunitario |
|---|---|---|---|
| Grado 0 | 1 año (1ª) / 1 año (2ª) / 3 años (3ª) | 1 día (1ª-2ª) / 3 días (3ª) | 20 h (1ª-2ª) / 30 h (3ª) |
| Grado 1 | 3 años (1ª) / 6 años (2ª) / Cancelación (3ª) | 3 días (1ª) / 5 días (2ª) / 10 días (3ª) | 20 h (1ª) / 30 h (2ª-3ª) |
| Grado 2 | 5 años (1ª) / 10 años (2ª) / Cancelación (3ª) | 6 días (1ª) / 10 días (2ª) / 20 días (3ª) | 40 h (1ª) / 60 h (2ª) / 80 h (3ª) |
| Grado 3 | 10 años (1ª) / Cancelación (2ª y 3ª) | 10 días (1ª) / 20 días (2ª-3ª) | 50 h (1ª) / 80 h (2ª) / 90 h (3ª) |
Dato crítico: la cancelación de la licencia es definitiva. Una vez cancelada, no se puede renovar y queda registrada en el RUNT. Esto bloquea no solo la conducción particular, sino también el trabajo como conductor profesional.
¿Qué pasa si conduzco entre 20 y 39 mg de etanol/100 ml de sangre?
Esto es lo que la ley llama “grado 0” o “alcoholemia positiva baja”. Aunque parezca mínimo, ya es sanción.
Lo que te aplican:
- Multa: 90 SMDLV (~$5,2 millones COP en 2026, primera vez).
- Suspensión de la licencia: 1 año (primera y segunda vez) o 3 años (tercera).
- Inmovilización del vehículo: 1 día hábil (1ª y 2ª vez) o 3 días (3ª).
- Trabajo comunitario: 20 horas (1ª y 2ª) o 30 horas (3ª).
Lo que muchos no saben:
- Aunque la multa parezca “baja”, ya queda registrada en SIMIT y reportada en el RUNT desde el momento de la imposición.
- Si reincides, el tiempo de suspensión se duplica o se triplica, no se mantiene en 1 año.
- A partir de la tercera vez, se cancela la licencia en los grados 1, 2 y 3.
Tip SinMulta: en grado 0 todavía hay margen de defensa. Si la prueba del alcoholímetro no se hizo correctamente (sin calibración vigente, sin operador certificado, sin segunda prueba confirmatoria), la multa se puede tumbar. Ver cómo se hace una audiencia de alcoholemia.
¿Y si estoy entre 40 y 99 mg de etanol/100 ml de sangre?
Esto es “primer grado de embriaguez”. Aquí la cosa se pone seria: ya no es una “alcoholemia positiva baja”, es embriaguez plena.
Lo que te aplican:
- Multa: 180 SMDLV (~$10,4 millones COP, primera vez).
- Suspensión de la licencia: 3 años (1ª) / 6 años (2ª) / Cancelación definitiva (3ª).
- Inmovilización del vehículo: 3 días (1ª) / 5 días (2ª) / 10 días (3ª).
- Trabajo comunitario: 20 h (1ª) / 30 h (2ª y 3ª).
Lo que muchos no saben:
- La cancelación de la licencia a la tercera vez es una de las consecuencias más graves. Si tu trabajo depende de la licencia (taxi, conductor de plataforma, domiciliario, transportador), te quedas sin empleo.
- A partir de este grado ya se configura delito penal si causas un accidente con lesiones o muerte (Art. 131 Código Penal, modificado por Ley 1696 de 2013).
- El comparendo genera registro en RUNT que puede afectar la contratación con empresas, el seguro del vehículo y hasta la visa a otros países.
¿Entre 100 y 149 mg de etanol/100 ml de sangre?
Esto es “segundo grado de embriaguez”. Para ponerlo en contexto: con 100 mg de etanol/100 ml de sangre estás doblemente por encima del límite legal de 20 mg, y ya hay alteración seria de reflejos, visión y juicio.
Lo que te aplican:
- Multa: 270 SMDLV (~$15,6 millones COP, primera vez).
- Suspensión de la licencia: 5 años (1ª) / 10 años (2ª) / Cancelación definitiva (3ª).
- Inmovilización del vehículo: 6 días (1ª) / 10 días (2ª) / 20 días (3ª).
- Trabajo comunitario: 40 h (1ª) / 60 h (2ª) / 80 h (3ª).
- Curso de sensibilización obligatorio: mínimo 40 horas en centro de rehabilitación autorizado (1ª y 2ª vez).
Curso obligatorio: el curso sobre “conocimientos y consecuencias de la alcoholemia y la drogadicción” se toma en un centro registrado ante el RUNT, mínimo 40 horas. Es independiente del curso pedagógico por comparendo de la Secretaría de Movilidad.
¿Qué pasa con 150 mg de etanol/100 ml de sangre o más?
Esto es “tercer grado de embriaguez”: el nivel más alto. Una persona con 150 mg/100 ml tiene 7,5 veces el límite legal y normalmente presenta signos visibles de intoxicación severa (habla arrastrada, caminar inestable, vómitos).
Lo que te aplican:
- Multa: 360 SMDLV (~$20,8 millones COP, primera vez).
- Suspensión de la licencia: 10 años (1ª) / Cancelación definitiva (2ª y 3ª).
- Inmovilización del vehículo: 10 días (1ª) / 20 días (2ª y 3ª).
- Trabajo comunitario: 50 h (1ª) / 80 h (2ª) / 90 h (3ª).
- Curso de sensibilización obligatorio: mínimo 80 horas (1ª y 2ª vez).
Lectura crítica: si te pillan en grado 3 y es la tercera vez, estás pagando una multa cercana a los $42 millones COP + 90 horas de trabajo comunitario + 20 días de inmovilización + licencia cancelada. El cálculo total de la sanción supera los $50 millones entre multa, patios, grúa y curso.
¿Y si me pillan con el motor apagado?
Esto es una duda frecuente. Sí, también es sancionable. El Código Nacional de Tránsito (Art. 131) prohíbe “conducir” en estado de embriaguez, y la jurisprudencia del Consejo de Estado ha confirmado que basta estar en condiciones de conducir (sentado en el puesto del conductor, con llaves, en vía pública) para configurar la infracción, así el motor esté apagado.
La única manera de evitar la sanción estando en estado de embriaguez dentro del vehículo es no estar en el puesto del conductor.
¿Cuánto dura la suspensión de la licencia?
Depende del grado y de la reincidencia, pero el rango es claro: entre 1 año y cancelación definitiva.
| Reincidencia | Grado 0 | Grado 1 | Grado 2 | Grado 3 |
|---|---|---|---|---|
| 1ª vez | 1 año | 3 años | 5 años | 10 años |
| 2ª vez | 1 año | 6 años | 10 años | Cancelación |
| 3ª vez | 3 años | Cancelación | Cancelación | Cancelación |
Cancelación de licencia = definitiva. Una vez cancelada, no se renueva. Si tu trabajo depende de ella, esta es la peor consecuencia.
¿La suspensión aplica desde la fecha del comparendo o desde la firmeza?
La suspensión se hace efectiva desde el momento en que el comparendo queda en firme (es decir, cuando se agota el recurso de reposición o apelación, o cuando pasan los 5 días hábiles sin que recurras). Durante el proceso, tu licencia queda retenida preventivamente y se registra en RUNT.
¿Puedo manejar durante la audiencia con la licencia retenida?
No. Mientras la licencia esté retenida preventivamente, no puedes conducir ningún vehículo. Si te pillan manejando sin licencia vigente durante este período, incurres en una nueva infracción (Art. 131 Ley 769 de 2002, numeral 5), con multa adicional e inmovilización.
¿Me inmovilizan el carro? ¿Cuántos días?
Sí, en todos los grados. La inmovilización es inmediata y se cumple en los patios de la Secretaría de Movilidad de la ciudad donde te detuvieron.
| Reincidencia | Grado 0 | Grado 1 | Grado 2 | Grado 3 |
|---|---|---|---|---|
| 1ª vez | 1 día hábil | 3 días | 6 días | 10 días |
| 2ª vez | 1 día hábil | 5 días | 10 días | 20 días |
| 3ª vez | 3 días | 10 días | 20 días | 20 días |
Costo adicional de la inmovilización: la inmovilización en patios genera costos de grúa (
$150.000–$300.000 COP) y diaria de patio ($25.000–$50.000 COP por día, según la ciudad). En una inmovilización de 20 días, son ~$1 millón extra solo en patios.
¿Puedo sacar el carro antes de que se cumplan los días?
No. La inmovilización es una sanción temporal que se cumple completo. No se puede pagar para reducirla ni sacar el carro con un acuerdo. La única manera de evitarla es que la audiencia de impugnación anule el comparendo antes de que se cumpla el plazo.
¿Tengo que hacer curso o trabajo comunitario?
Sí, en todos los grados de alcoholemia. Son dos sanciones distintas que se aplican simultáneamente:
1. Trabajo comunitario
Son horas de servicio no remunerado en actividades de prevención de la conducción bajo influjo del alcohol o sustancias psicoactivas. Las horas varían entre 20 y 90 según el grado y la reincidencia.
| Reincidencia | Grado 0 | Grado 1 | Grado 2 | Grado 3 |
|---|---|---|---|---|
| 1ª vez | 20 h | 20 h | 40 h | 50 h |
| 2ª vez | 20 h | 30 h | 60 h | 80 h |
| 3ª vez | 30 h | 30 h | 80 h | 90 h |
Si no cumples las horas, la licencia no se te devuelve al final de la suspensión, y el comparendo puede pasar a cobro coactivo.
2. Curso de sensibilización (grados 2 y 3)
Además del trabajo comunitario, en los grados 2 y 3 debes hacer un curso de “conocimientos y consecuencias de la alcoholemia y la drogadicción” en un centro de rehabilitación autorizado por el Ministerio de Justicia.
- Grado 2: mínimo 40 horas (1ª y 2ª vez).
- Grado 3: mínimo 80 horas (1ª y 2ª vez).
Diferencia con el curso pedagógico normal: este curso es distinto al curso pedagógico por comparendo de la Secretaría de Movilidad. Es un curso especializado, generalmente más largo y enfocado en rehabilitación. Tiene un costo adicional que varía por centro.
¿Me pueden sancionar si me niego a la prueba del alcoholímetro?
Sí, y la sanción es peor que si sales positivo. Según el Art. 152, numeral 4 de la Ley 769 de 2002 (modificado por la Ley 1696 de 2013):
“El conductor que no permita las pruebas de alcoholemia o se dé a la fuga, se le cancelará la licencia, se le impondrá multa de 1.440 SMDLV y se inmovilizará el vehículo por 20 días hábiles.”
En pesos 2026 eso significa:
- Multa: 1.440 SMDLV ≈ $83,5 millones COP (la multa más alta del Código de Tránsito).
- Cancelación definitiva de la licencia.
- Inmovilización del vehículo por 20 días hábiles.
Lectura crítica: la ley presume que te negaste a la prueba = estabas en estado de embriaguez. Por eso la sanción es incluso más dura que la del grado 3. No te niegues a la prueba: es peor.
¿Y si la prueba es defectuosa?
Aquí sí hay defensa. Si el alcoholímetro no tiene calibración vigente, si el operador no está certificado, o si no se cumplió el procedimiento de la Resolución 1844 de 2015, la prueba es inválida y se puede solicitar la nulidad del comparendo en la audiencia.
Paso a paso: qué pasa cuando te detienen por alcoholemia
Este es el procedimiento que sigue la autoridad de tránsito (Art. 152 Ley 769 de 2002 + Resolución 1844 de 2015):
- Señal de pare. Un agente de tránsito o un operativo en vía te hace la señal de detenerte.
- Prueba de aire espirado (alcoholímetro). Te piden soplar en el alcoholímetro. El resultado se imprime en una tira de prueba.
- Doble prueba confirmatoria. Si sales positivo, te hacen una segunda prueba pasados 15-30 minutos para confirmar. Ambas pruebas deben coincidir.
- Inmovilización inmediata del vehículo. El carro va a patios, sin excepción.
- Retención preventiva de la licencia. El agente retiene tu licencia física y la envía a la entidad de tránsito.
- Orden de comparendo. Te entregan el comparendo con la información: grado, multa, fecha, hora, lugar.
- Traslado a centro de atención (si aplica). Si el conductor muestra signos graves, se traslada a centro médico.
- Notificación y citación a audiencia. La entidad de tránsito te notifica la fecha de la audiencia pública dentro de los 5 días hábiles siguientes (si fue en vía) o 11 días (si fue por medios electrónicos).
- Audiencia pública. Compareces ante el inspector de tránsito para que se defina la sanción. Ver cómo prepararte.
- Resolución sancionatoria. La entidad emite la resolución con la multa, suspensión, inmovilización y trabajo comunitario. Aquí es donde puedes apelar.
Plazo para impugnar el comparendo: 5 días hábiles desde la notificación si fue impuesto en vía, 11 días hábiles si fue por medios electrónicos. Si no impugnas en este plazo, el comparendo queda en firme y se ejecuta la sanción completa.
La audiencia pública de alcoholemia — cómo me preparo
La audiencia es el momento clave. Aquí es donde decides si pagas la multa completa o si logras tumbarla (o al menos reducirla).
¿Cuándo se cita?
Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la imposición del comparendo (en vía) o 11 días hábiles (en medios electrónicos). La cita no se puede reprogramar, así que asiste.
¿Qué puedes lograr en la audiencia?
| Resultado | Lo que significa |
|---|---|
| Anulación total del comparendo | La multa se elimina, recuperas la licencia y te devuelven el carro sin pagar. |
| Reducción de la multa | La autoridad puede aplicar criterios de proporcionalidad y reducir el grado o el monto. |
| Confirmación de la sanción | Pagas la multa completa + suspensión + inmovilización + trabajo comunitario. |
| Apelación | Si no estás de acuerdo con el fallo, puedes apelar ante el superior jerárquico (10 días hábiles). |
4 causales comunes para tumbar el comparendo
- Alcoholímetro sin calibración vigente. Resolución 1844 de 2015 exige calibración periódica. Si no la tiene, la prueba es nula.
- Operador del equipo sin certificación. La persona que opera el alcoholímetro debe tener curso vigente. Verifícalo.
- No se hizo doble prueba confirmatoria. La ley exige una segunda prueba pasados 15-30 minutos. Si solo hubo una, hay nulidad.
- Vicios en el procedimiento de notificación. Si no te notificaron correctamente la citación a audiencia, hay nulidad.
¿Cómo prepararte el día de la audiencia?
- Lleva tu cédula original y la del comparendo.
- Contrata un abogado o un especialista en derecho de tránsito que te represente (o asiste con un apoderado).
- Lleva pruebas: certificación de calibración del alcoholímetro (solicítala antes a la entidad), fotos, videos, testigos.
- Prepara tu alegato: explica por qué crees que el procedimiento fue irregular.
- Solicita pruebas de oficio: el inspector está obligado a decretar pruebas que tú solicites y sean pertinentes.
Tip SinMulta: tramitamos la defensa legal de tu audiencia de alcoholemia, con abogado presente, solicitud de pruebas y sustentación del recurso. Ver cómo te ayudamos.
¿Se puede apelar una multa de alcoholemia?
Sí, en dos momentos:
1. Recurso de reposición (durante la audiencia)
Si el inspector confirma la sanción, puedes pedir reposición en la misma audiencia (es decir, que el mismo inspector revise su decisión). Esto se hace oralmente y se resuelve en el acto o en una nueva audiencia.
2. Apelación (después de la resolución)
Si la reposición es negada, tienes 10 días hábiles desde la notificación de la resolución para apelar ante el superior jerárquico (generalmente el Secretario de Tránsito o el Alcalde). Este recurso se presenta por escrito.
3. Nulidad ante lo contencioso administrativo
Si la apelación también se niega, el último recurso es la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho ante el Juzgado o Tribunal Contencioso Administrativo. El plazo es de 4 meses desde la notificación del acto que agota la vía administrativa.
Consejo: la mayoría de multas de alcoholemia se confirman en primera y segunda instancia. Si tu caso tiene un vicio procesal fuerte (alcoholímetro mal calibrado, notificación defectuosa, etc.), el camino contencioso puede ser largo pero viable. En SinMulta.com evaluamos tu caso gratis y te decimos si vale la pena pelear.
¿Y si nunca pagué la multa? Prescripción a 3 años
Aunque la multa de alcoholemia sea grave, la obligación de pago prescribe a los 3 años, según el Art. 159 de la Ley 769 de 2002.
¿Cuándo empieza a contar el plazo?
- Desde la fecha de la infracción (cuando te detuvieron).
- Desde la última actuación válida de la autoridad (si te notificaron algo, ese día se interrumpe el conteo).
¿Qué interrumpe la prescripción?
La notificación del mandamiento de pago (acto con el que la entidad inicia el cobro coactivo). Si te notificaron formalmente el mandamiento, el conteo se reinicia desde cero y vuelves a tener 3 años.
¿Cómo saber si ya prescribió?
- Consulta SIMIT con tu cédula.
- Anota la fecha del comparendo y la fecha actual.
- Resta y verifica que hayan pasado más de 3 años.
- Revisa si hay mandamiento de pago notificado (generalmente no, si nunca te llegó una citación formal).
Si tu multa tiene +3 años y no te notificaron mandamiento de pago, aplica prescripción. Te la podemos tumbar y eliminar de SIMIT, RUNT y el sistema de la entidad de tránsito. SinMulta.com tramita la solicitud ante la entidad y gestiona el levantamiento de embargos si ya te bloquearon Nequi o Daviplata.
Ver cómo saber si tengo multas y ya prescribieron →
Cómo te ayuda SinMulta.com con tu caso de alcoholemia
Si tienes una multa de alcoholemia —reciente o de hace años— no la pagues antes de revisar el caso. A veces la multa es impugnable o ya prescribió.
Lo que hacemos por ti
- 🔍 Revisión gratuita de SIMIT y RUNT para identificar la multa y su estado real.
- ⚖️ Defensa legal en la audiencia pública con abogado presente y solicitud de pruebas de oficio.
- 📑 Recurso de reposición y apelación si la sanción se confirma en primera instancia.
- 🛡️ Solicitud de prescripción si la multa tiene +3 años y nunca te notificaron el cobro coactivo.
- ✉️ Nulidad por vicios procesales si el alcoholímetro estaba mal calibrado, no hubo doble prueba o el operador no estaba certificado.
- 💸 Negociación de descuento o acuerdo de pago si la multa es válida y reciente.
- 🏦 Levantamiento de embargos en Nequi o Daviplata si la multa ya pasó a cobro coactivo.
¿Cómo empezar?
- Escríbenos por WhatsApp (botón lateral derecho) con tu cédula.
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- 📘 Multa con más de 3 años: qué hacer 2026 — Instructivo paso a paso para confirmar y tramitar prescripción.
- 📘 Embargos por multas en Colombia 2026 (HUB) — Nequi, Daviplata, bancos, salario, RUNT.
- 📘 Cómo saber si tengo multas de tránsito en Colombia 2026 — El primer paso antes de cualquier defensa.
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Preguntas frecuentes rápidas
¿Puedo conducir después de tomar 1 cerveza? Depende. Con 1 cerveza (~330 ml, 5% alcohol), una persona de 70 kg puede tener entre 15-25 mg/100 ml en sangre. Estarías cerca del límite o ligeramente por encima. Lo más seguro es no manejar si vas a tomar.
¿Me pueden hacer la prueba en un retén sin motivo? Sí. La Sentencia C-633 de 2014 de la Corte Constitucional avaló los operativos preventivos de alcoholemia. La autoridad no necesita sospecha individual para pedirte la prueba, pero debe cumplir el procedimiento.
¿Qué pasa si soplo positivo pero el alcoholímetro estaba mal calibrado? La prueba es inválida. Se puede solicitar la nulidad del comparendo en la audiencia. La entidad debe demostrar que el equipo tenía calibración vigente y operador certificado.
¿Me pueden cancelar la licencia por una sola multa de alcoholemia? No, solo desde la tercera vez en grados 1, 2 o 3. En el grado 0 nunca se cancela (solo suspensión).
¿Y si me fui del país sin pagar la multa? La multa queda activa en SIMIT. Cuando regreses a Colombia, te puede ser cobrada o generar embargo al cruzar por migración si hay mandamiento de pago notificado. La prescripción también aplica estando fuera del país.
¿El trabajo comunitario es obligatorio? Sí. Si no lo cumples, la licencia no se devuelve al final de la suspensión y el comparendo puede pasar a cobro coactivo.
¿SinMulta.com me puede representar en la audiencia? Sí. Tramitamos la defensa legal con abogado especializado en derecho de tránsito, con presencia en la audiencia y sustentación del recurso. Escríbenos por WhatsApp y revisamos tu caso gratis.
Cómo validamos las cifras de este artículo
Para que tengas certeza de los datos, estas son las fuentes oficiales que respaldan la tabla de multas:
- Ley 769 de 2002, Art. 152 (Código Nacional de Tránsito Terrestre) — grados y sanciones.
- Ley 1696 de 2013 — reforma que endureció las sanciones y取消 el beneficio de descuento.
- Sentencia C-633 de 2014 — Corte Constitucional, avaló operativos y debido proceso.
- Resolución 1844 de 2015 — Ministerio de Transporte, procedimiento de la prueba de alcoholemia.
- Resolución 88919 de 2017 — Ministerio de Transporte, requisitos técnicos del alcoholímetro.
- Secretaría Distrital de Movilidad de Bogotá — tabla de sanciones con valores en pesos 2025 (vigente como referencia).
Si encuentras una cifra desactualizada, escríbenos por WhatsApp y la corregimos en menos de 24 horas.
Aviso legal: esta guía es informativa y se basa en la normatividad colombiana vigente a 2026 (Ley 769 de 2002, Ley 1696 de 2013, Resoluciones 1844/2015 y 88919/2017, jurisprudencia constitucional). Las cifras en pesos son referenciales y dependen del SMDLV vigente al momento de la imposición. Cada caso es particular y debe ser revisado por un profesional antes de tomar decisiones. En SinMulta.com hacemos consultoría inicial gratuita y, si decides avanzar, acompañamiento legal especializado con cobertura en todas nuestras ciudades de atención.